El término “hackers” excluido del derecho penal español

lunes, 30 de noviembre de 2009

El nuevo proyecto de código penal español que preparan en el Ministerio de Justicia excluye el término “hackers” del texto. Una rectificación que hace justicia al tradicionalmente experto en seguridad informática o “persona que disfruta de un conocimiento profundo del funcionamiento interno de un sistema, en particular de computadoras y redes informáticas”, confundido errónea y comúnmente como el criminal informático por excelencia.

La noticia, difundida desde el Bufet Almeida hará justicia a la injusticia, para unos tipos que generalmente aportan seguridad a la inseguridad de ordenadores y redes y/o mejoras a sistemas y aplicaciones poniéndolas a disposición del dominio público.
Un término confundido desde medios –especialmente generalistas- y gran público con los “crackers” y también por el legislador, que hasta ahora lo crucifica como el delincuente informático que expresa nuestro código penal actual.

Como dicen desde el Bufet Almeida “algo habrán aprendido sobre Internet los nuevos inquilinos del Ministerio de Justicia”. El hacker no será ya por defecto, sinónimo de un delincuente

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