Ninguna oferta de ADSL de 10 ó 20 megas llega al 80% de velocidad real

viernes, 18 de julio de 2008


Ninguno de los operadores que ofrecen acceso a Internet por ADSL de 10 ó 20 megabytes alcanza el requisito de que la velocidad real sea de, al menos, el 80% de lo contratado, tal y como obligará Industria en la nueva carta de derechos de los usuarios de las telecomunicaciones.

Según un estudio realizado por el portal Adslzone.net, la velocidad media de los accesos de 20 megabytes es de sólo el 37,3% de lo contratado, mientras que en los de 10 megas es del entorno del 71%.

El que ofrece un acceso con más velocidad en la modalidad de 20 megas es Jazztel, que alcanza el 44,9%, Ya.com llega al 38,5%, Orange al 35,2% y Tele2 al 30,6%.

Asimismo, el estudio señala que, con el cableado de cobre actual, los operadores sólo podrán alcanzar el requisito del 80% de los 20 megas de velocidad en los hogares que estén situados a 800 metros o menos de la central telefónica.


La modalidad de 10 megas ofrece mejores resultados, aunque ninguno de los operadores cumple con lo requerido por Industria. Telefónica es el operador más rápido, con un 73% de la velocidad que promete. Le sigue Orange con un 71% y Ya.com que entrega el 69%.

A medida que los operadores prometen menos velocidad cumplen más, por ejemplo en la modalidad de 6 megas la media de velocidad supera el 83% de lo prometido. Por último, las modalidades de 1 y 3 megas ofrecen resultados bastante satisfactorios que se sitúan entre un 70% y 80% de lo prometido.

En cuanto a los operadores por cable, ONO, Euskaltel en el País Vasco y R en Galicia, obtienen medias de velocidad superiores al ADSL. En la modalidad de 6 megas el porcentaje de eficiencia se encuentra entre el 83% y el 87%.


El Juzgado de Primera Instancia número 8 y Mercantil de León dictó sentencia el pasado 7 de julio de 2008 en la que estima íntegramente la demanda interpuesta por la Sociedad General de Autores y Editores (SGAE) contra el local de León Delirium House en el que unos disc jockeys (DJ) mezclaban canciones de autores como Melendi o Amaral con ritmos house.

Aun cuando el Juzgado entiende acreditada que los DJ's utilizaban en sus composiciones música house confeccionada por ellos mismos así como composiciones de música libre descargada de Internet, también valora la prueba presentada por SGAE que acredita que en las mezclas había obras musicales del repertorio registrado de sus artistas, entre otros Melendi, Alejandro Sanz o Amaral.

Asimismo, el juez considera el argumento de la SGAE de que en el local se celebraban los jueves las fiestas Erasmus destinadas a público universitario que se publicitan en Internet asociadas a la comunicación de "música de actualidad". El local alegó que sólo reproducía música con licencia Creative Commons, que no obliga a pagar derechos de autor. Pero el juez entendió que bajo la denominación "música de actualidad", no correspondía a la licencia CC, porque es la que es la que se oferta en radios y televisiones, según la SGAE.

El juez rechazó también el argumento de que la SGAE no ha incurrido en abuso alguno de posición dominante y condena a la parte demandada a 2.289 euros en concepto de indemnización más las costas del juicio.

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