El Gobierno español aprobó ayer la Carta de Derechos del usuario de Telecomunicaciones, así como la prohibición del spam telefónico. Normas positivas y obligadas ante las actuaciones de las operadoras pero que no introduce grandes novedades y dejan fuera aspectos importantes que deberían haber sido incluidos. Es por ello que desde la asociación de consumidores Facua indican “carencias de peso” y piden contundencia sancionadora.
En la carta de derechos destaca la reducción de 15 a 2 días el plazo que el operador tiene para dar de baja a un cliente y a un día en el caso de la portabilidad. Además el usuario podrá resolver el contrato sin penalización si el operador cambia las condiciones del servicio, podrá elegir la forma de pago, no tendrá que abonar los quince días actuales cuando solicite la baja y se contemplan indemnizaciones automáticas en caso de averías. Algunos de estos puntos destacados de la Carta de derechos ya estaban en la actual legislación, aunque no se aplicaban. La promesa de garantizar el 80% de la velocidad contratada no aparece en la regulación y es una de sus grandes carencias.

Tras el autobombo gubernamental de los “20 nuevos derechos que nos ponen a la cabeza de Europa”, la organización de consumidores FACUA ha puesto el tema en su contexto justo. “Nos parece pretencioso por parte del Ejecutivo decir que esta Carta coloca a España a la vanguardia de los países europeos en defensa de derechos, ya que consideramos la actuación del Gobierno en este ámbito nefasta”, han indicado a la agencia Europa Press.

Facua, aunque reconoce elementos positivos en la norma, indica que no introduce grandes novedades y tiene “carencias de peso”. “De nada sirve una norma si no hay organizaciones encargadas de regular que se tomen las medidas pertinentes con la contundencia necesaria”, recalcan, en clara alusión a la permisividad que el Ministerio de Industria mantiene con las operadoras.

En cuanto a la lacra del spam telefónico, el consejo de ministros ha aprobado la remisión a las Cortes del proyecto de ley que modifica el régimen legal de la competencia desleal y de la publicidad ilícita, y prohíbe el “spam” telefónico y otras prácticas comerciales agresivas. El proyecto modificará la ley de Defensa de los Consumidores y Usuarios, la de Competencia Desleal, la de Publicidad y la de Ordenación del Comercio Minorista y pretende aumentar la protección de los consumidores, empresas y profesionales que compiten en el sector.

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